Esperando la reforma de la Administración Local


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Antonio Ansón. Licencia CC

@Antonio_Anson

Parece que se acerca imparable la aprobación por el Consejo de Ministros del anteproyecto de Ley para la racionalización y sostenibilidad de la Administración Local. Posiblemente el 25 de enero próximo, si es que la incorporación de un decálogo de medidas aprobadas en el en el marco de la XX Intermunicipal del PP no lo retrasa.

No he llegado a ver el decálogo, pero se conoce el informe del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas sobre el anteproyecto, donde se pueden encontrar algunas de las principales medidas.

  • Se clarifican las competencias municipales para evitar duplicidades y eliminar las «competencias impropias».
  • Se suprimen las 3.725 entidades locales menores existentes, como pedanías o parroquias, que pasan a ser absorbidas por los Ayuntamientos de los que dependan. Por el contrario, no se suprime ningún municipio.
  • Se eliminarán las mancomunidades cuya sostenibilidad financiera no esté asegurada y sus competencias pasarán a ser ejercidas por las Diputaciones provinciales.
  • Se potencia el papel las Diputaciones Provinciales, Consejos Insulares o Cabildos y Comarcas, para la gestión de servicios obligatorios mínimos en municipios inferiores a veinte mil habitantes
  • Se fortalece la figura del interventor municipal, que dependerá funcionalmente de la Administración General del Estado, para dotarle de mayor independencia y objetividad, así como garantizar la legalidad y el control financiero y presupuestario.
  • Ningún alcalde ni presidente de Diputación podrá cobrar más que un ministro (68.981,88 euros) ni las retribuciones de la Corporación Municipal podrán suponer más del 0,6 por 100 del total de gastos del Presupuesto municipal.

Además, a través de un segundo Anteproyecto de Ley, se modifica también la Ley Orgánica del Régimen Electoral General con objeto de reducir en un tercio el número de concejales existentes, que pasan de los 68.578 actuales a 47.240. Ello significa que en las próximas elecciones municipales se elegirán a 21.338 concejales menos, lo que supone un 31,1 por 100 de reducción.

Igualmente, se establece un límite máximo de 35 concejales en los municipios más grandes.

Para quien tenga más interés, el Consejo General de los Colegios Profesionales de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración local nos ofrece un enlace al anteproyecto (versión de 22 de diciembre de 2012) desde el blog nosoloaytos.

Un paso adelante en la reforma de las Administraciones Públicas a seguir con atención. Sorprende que no llegue a plantearse la supresión de municipios, porque no deja de impresionar el dato de que en España tenemos más de 6.800 municipios con menos de 5.000 habitantes, y, de ellos, casi 6.000 no llegan a los 1.000 vecinos. El Consejo de Europa llegó a determinar en 10.400 el umbral de vecinos por ayuntamiento para que existan unas finanzas locales saneadas.

Termino ofreciendo algunos comentarios de interés sobre la reforma municipal, que he leído últimamente, aquí y aquí.

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ACTUALIZACIÓN:

Pues parece que no, que la reforma no se tratará en el próximo Consejo de Ministros del día 25 de enero. Así se ha hecho eco el blog Responsables Personal Ayuntamientos de una noticia de EFE, según la cual fuentes del PP habrían manifestado que la reforma será vista más adelante, sin concretar fecha.

8 comentarios en “Esperando la reforma de la Administración Local

  1. blogfielm

    Parece que ya no se suprimen las 3.725 entidades locales menores existentes como se apuntaba en la referencia del Consejo de Ministros del 13 de julio de 2012. El Informe del que se hace eco es el utilizado por el ministro Sr. Montoro en Julio.

    Según el anteproyecto de ley que usted menciona y fechado el 22 de diciembre de 2012, y recibido por la FEEM Federación Española de Entidades Locales Menores, así queda redactada la Disposición transitoria tercera:

    Disolución de entidades de ámbito territorial.

    Las entidades de ámbito territorial inferior al Municipio existentes en el momento de la entrada en vigor de la presente Ley que no presenten sus cuentas ante los organismos correspondientes del Estado y de la Comunidad Autónoma respectiva, se disolverán por Decreto del órgano de gobierno de la Comunidad Autónoma respectiva.

    Se ha conseguido no se supriman todas las entidades locales menores de forma generalizada pero no se indica el plazo – como sí se da a los ayuntamientos (1 año) para la evaluación de servicios municipales-, para cumplir la ley a partir de su entrada en vigor como se solicitó el 17 de Octubre por parte de la federación española FEEM al Secretario de Estado Sr. Beteta, -en reunión en la que estuve presente- y se utiliza una disposición transitoria como para señalar que las entidades que verdaderamente sobran son las ELM.

    En las conclusiones de la intermunicipal del PP se menciona a las ELM/EATIM a la hora de evaluar la prestación de servicios.

    saludos,

    El Secretario de FIELM Federación Independiente de Entidades Locales de Ámbito Territorial Inferior al Municipio

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    1. Antonio_Anson Autor

      Le agradezco su aportación, clarificadora del estado actual de la cuestión. Creo entender que una supresión indiscriminada de estas entidades locales de ámbito inferior al municipal privaría, en determinados casos, de servicios a los ciudadanos. Pero lo que no logro entender es que la mera presentación de unas cuentas, siendo que esto es un prinicipio básico para cualquier órgano de la Administración, parezca evitar su disolución, más teniendo presente de que el informe del MINHAC las identificó como entidades no necesarias en un nuevo modelo de Administración Local. Quizá podría ampliarnos este punto de vista.

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      1. blogfielm

        Completamente de acuerdo con usted respecto a la presentación de las cuentas, yo entiendo la disposición transitoria como una mera excusa para disolver una mayoría de las ELM existentes. Pero si se ha logrado esto a cambio de que no se supriman todas porque lo vamos a rechazar después de las movilizaciones de las ELM interesadas. Echo en falta una disposición transitoria de análogo contenido para los ayuntamientos que no cumplen con sus obligaciones en materia de contabilidad pública y rendición de cuentas.

        Nada se hace en el Anteproyecto para reducir el número de ayuntamientos -empezando por los pequeños- para conseguir economías de escala, mayores recursos económicos y humanos, y poner algún coto al clientelismo. Lo que señala el informe del Ministerio parte posiblemente del desconocimiento de lo que es una ELM como tuvimos ocasión de manifestar al Secretario de Estado Sr, Beteta el pasado 17 de Octubre.

        A título informativo le puedo indicar que soy alcalde pedáneo de un pueblo al lado de Reinosa (Cantabria) en un ayuntamiento de menos de 5.000 habitantes, y que al cabo de los años (en distintos mandatos) el ayuntamiento no ha hecho obra alguna en el mismo. De un Presupuesto de DOS MILLONES Y MEDIO € (2012) el ayuntamiento transfiere a la junta vecinal 2.500€ para obras y festejos (la milésima parte del presupuesto cuando en el pueblo reside el 6% de la población del municipio). Uno de los concejales en el equipo de gobierno que reside en el pueblo ingresa al menos tres veces lo que recibo la junta vecinal que presido.

        Yo puedo hacer obras (las que no hace el ayuntamiento), instalar mobiliario urbano, organizar los festejos y administrar el patrimonio con un presupuesto de 34.000€ que proviene en su mayoría de las rentas de los bienes patrimoniales y comunales (pastel apetitoso que el MHAP quiere transferir a los municipios). Y aquí habría que entrar en el asunto de la propiedad de los bienes comunales que no es de la ELM ni del ayuntamiento sino de la COMUNIDAD DE LOS VECINOS DE UN LUGAR. En mi pueblo 130 hectáreas.

        Las Entidades locales menores son administraciones anteriores a los ayuntamientos, datan en muchos casos de la Edad Media cuando los ayuntamientos se crean a partir de 1833, y mala decisión parece suprimirlos de un plumazo para dar contento a las instituciones europeas cuando eso no se hace con otras instituciones tan históricas como la monarquía y los fueros.

        También le quiero informar que estas entidades se caracterizan por no disponer de aparato administrativo alguno, habitualmente los alcaldes pedáneos no venimos cobrando remuneración y no disponemos de funcionarios, tampoco somos responsables del déficit financiero de la administración local, y de la falta de atención y servicio por parte de los municipios. Por último decir que la FEMP Federación Española de Municipios y Provincias no nos representa.

        saludos,

        Secretario FIELM

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  2. Antonio_Anson Autor

    Nuevamente le agradezco su aportación, más teniendo en cuenta que no es facil deducir por quienes no estamos cerca de la Administración Local, qué hay detrás de esa denominación de entidades menores y qué representa su supresión.

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  3. Miguel Gregorio Martinez

    BIEN, DESDE LA FEDERACION ESPAÑOLA DE ENTIDADES LOCALES MENORES. FEEM, VAMOS A LUCHAR CON UÑAS Y DIENTES PARA QUE NADIE SEA SUPRIMIDO POR CUESTIONES DOMESTICAS, COMO NO PRESENTAR LAS CUENTAS. ADEMAS HEMOS SOLICITADO CITA CON EL SR RAJOY, Y CON EL SECRETARIO DE ESTADO PARA QUE DE UNA VEZ SE ENTEREN DE QUE CON LOS PUEBLOS NO SE JUEGA. Y QUE NO SEAMOS NUNCA CONEJILLOS DE INDIAS, PARA LOS EXPERIMENTOS DEL LOS GOBIERNOS.
    TAMBIÉN LE PEDIMOS AL PSOE QUE NOS REMITA SU PROYECTO, QUE SE NOS PROMETIÓ EL DIA 6-9-2012, EN UNA REUNIÓN CON EL SR. ZARRIAS. EL CUAL SE COMPROMETIÓ CON ESTA FEDERACIÓN A LO SIGUIENTE:
    1º.-QUE APAREZCA EN LA LEY LAS EATIM, COMO ENTIDADES CON PERSONALIDAD JURÍDICA PROPIA.
    2º.-QUE LAS RATIFICACIONES DEL AYTO MATRIZ, QUE APARECEN EN EL ARTICULO 45 DE LA LEY 7/85 DE BASES DE RÉGIMEN LOCAL DESAPAREZCAN. (EXPROPIACIÓN FORZOSA, OPERACIONES DE CRÉDITO Y ENAJENACIONES DE BIENES)

    3º.-UNA MAYOR AUTONOMÍA EN LO RELACIONADO CON EL PLANEAMIENTO EN LAS EATIM

    4º.-UNA DOTACIÓN DE CORRESPONSABILIDAD EN LA SEGURIDAD LOCAL EN LAS EATIM QUE ASÍ LO SOLICITEN

    5º.-GARANTÍA DE LAS COMPETENCIAS PREEXISTENTES, SOBRE TODO EL RECONOCIMIENTO DE LA MASA COMÚN, Y MUCHOS CASOS TITULARIDAD DE LAS ELM O CONCEJOS.

    6º.-SER DESDE LA FEEM, INTERLOCUTORES VALIDOS ANTE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO PARA LA DEFENSA DE LAS EATIM. PUES LA FEMP NO NOS REPRESENTA.

    CREEMOS QUE LOS DOS PARTIDOS MAYORITARIOS SERÁN RESPONSABLES, EL PARTIDO DEL GOBIERNO AUN MAS, DE QUE LAS EATIM, PIERDAN LA OPORTUNIDAD DE QUEDAR MEJOR TRATADAS QUE EN LA ACTUALIDAD EN LA NUEVA LEY.

    DESDE LA FEEM, ESTAMOS TRABAJANDO DE FORMA TITANICA, PARA QUE NOS TENGAN EN CUENTA. POR ELLO HAREMOS CUANTAS MOVIDAS SEAN OPORTUNAS PARA QUE NO SE NOS DEJE A UN LADO.

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