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Sobre la factura electrónica


Gema T. Pérez Ramón

Hoy, 11 de julio de 2.013, presenta la Subsecretaria del MINHAP, Pilar Platero, la factura electrónica como un proyecto novedoso y que va a suponer un ahorro de costes tanto para la administración como para el empresario.

Se puede ver la presentación ante la prensa en este enlace  http://www.youtube.com/watch?v=roZO7WruBjI

Asegura que con este proyecto de ley se va a dar liquidez a los proveedores, porque van a poder conocer en qué momento van a recibir el dinero de la Administración.

imagen factura

Igualmente comenta que no vamos a encontrar “facturas en el cajón”  y reconoce que ha sido una práctica habitual en nuestras organizaciones. La idea es que a partir de la entrada de la factura en el registro contable  se da a conocer al gestor para que dé su conformidad o disconformidad al contenido de la factura. Si se supera el plazo de tres meses para dar el ok a la factura, saltará la alarma y se exigirá un informe de morosidad a las organizaciones, se va a conocer quiénes son los más morosos.

El modelo va a ser obligatorio para las grandes empresas, los de gran trascendencia económica, de momento.

Se pretende  utilizar  este sistema no sólo para mejorar el cobro por parte de empresas proveedoras, sino también como elemento de lucha contra el fraude ya que la información se entregará a la AEAT y a la TGSS. Se pretende que sea un instrumento de compensación de las deudas empresa- administraciones públicas.

Cualquier proyecto de innovación tecnológica es bueno, de momento tiene buena pinta, pero tiene que ir acompañado no sólo de desiderátums sino de hechos ciertos: ¿van a conseguirse unos pagos más ágiles a empresas proveedoras? ¿va a ser fácil compensar las deudas?¿entran todas las administraciones en el modelo en el mismo momento y con el mismo ritmo?

Ojalá sí.

El plazo de entrada en vigor del registro contable es de 1 de enero de 2.014. Poco queda para que lo veamos.

La reforma de la Administración local: el informe


@Antonio_Anson

El Consejo de Ministros ha examinado y aprobado el informe del MINHAP sobre el anteproyecto de reforma de la Administración local, abriendo paso a que se presente el proyecto ante las Cortés Generales. No voy a repetir los objetivos de la reforma, que ya han sido examinados en otro post, sino señalar algunos de los aspectos destacables del informe que ha examinado el Gobierno.

Las competencias de Educación y Sanidad serán exclusivas de las Comunidades Autónomas. Se establece un período transitorio de cinco años para el cambio progresivo de titularidad de las competencias. En el caso de los servicios sociales, el periodo transitorio será de un año.

El sueldo de los miembros de las corporaciones locales se fijará anualmente en los Presupuestos Generales del Estado según la población del municipio y limitado al de Secretario de Estado.

Se reduce el número de personal eventual y de cargos públicos con dedicación exclusiva en función de la población del municipio.

Se suprimen las llamadas «competencias impropias». Dicho lo cual, se afirma que, sin embargo, cuando esté garantizada la prestación de los servicios obligatorios, se podrán prestar otros servicios no obligatorios. Parece que esto debe ir acompañado de una regla de eficiencia.

No sé qué pensar, porque también se habla de un proceso de evaluación de los servicios municipales por el MINHAP «para conocer su coste real y comparar con el eficiente». Ahí es nada. Conocer el coste real ya me parece una tarea titánica. Hablar de comparar con el coste eficiente, va mucho más allá y en la España del descontrol financiero municipal suena a ciencia ficción. Pero sea bienvenido ese criterio.

Mas adelante, la nota del Consejo de Ministros dice que si no se puede mantener el servicio, se debe suprimir. Supongo que se refiere a mantener el equilibrio financiero. Por lo que parece, los servicios no obligatorios se deberán financiar con tasas que cubran ese coste o con precios públicos que arrojen suficientes ingresos al balance. A este equilibrio financiero habrá que añadirle la regla de eficiencia. Un criterio intuitivo de lo que puede suponer esta regla de eficiencia es que si este servicio o uno similar se presta por la Diputación o por la Comunidad a un coste inferior por usuario, el municipio NO debe prestar el servicio no obligatorio o impropio, mientras que si lo hace de manera eficiente, una vez garantizados los servicios públicos municipales obligatorios, no habría mayor problema en prestarlo.

Para que esta regla de eficiencia sea posible, creo que no deben financiarse los servicios impropios con impuestos ni con subvenciones, sino que su financiación debe ser a través de los precios o tasas que los usuarios estén dispuestos u obligados a pagar. Lo contrario impediría evaluar adecuadamente el equilibrio financiero al hacerlo recaer no solo sobre los usuarios, sino sobre todo el universo de contribuyentes.

La delegación de competencias al municipio, cuya duración no será inferior a cinco años, irá siempre acompañada de la financiación íntegra de la misma.

Las mancomunidades y las entidades locales menores se someterán al mismo proceso de evaluación. Si no lo superan, serán disueltas. Los servicios de las mancomunidades pasarán a depender de las Diputaciones, mientras que los de las entidades locales menores dependerán de los municipios. Lo cierto es que se afirma en la nota del consejo de ministros que las mancomunidades y entidades locales menores que no presenten cuentas en el plazo de tres meses se disolverán, sin más matices. Pero esto, la presentación de cuentas, no parece sino un requisito burocrático fácil de cumplir, frente a una revisión de esas cuentas y una evaluación de eficiencia que puede prolongarse años o no llegar a completarse nunca.

Asimismo, se revisa el sector público local y sus organismos dependientes. Los Ayuntamientos no podrán crear ningún organismo nuevo durante la vigencia de su plan de ajuste y deberán corregir mediante un plan de saneamiento la situación de déficit de sus empresas dependientes, o liquidarlas.

Por último, la reforma refuerza la función interventora en las entidades locales y se habilita al Gobierno para establecer las normas sobre los procedimientos de control. También se regula parcialmente el régimen de los funcionarios de la Administración Local con habilitación de carácter nacional que dependerán funcionalmente del Estado.

Es la primera propuesta para una gran reforma de las Administraciones Publicas que se presenta ante el parlamento. Se dice que se han incorporado la propuestas de los ciudadanos, pero la tónica ha sido, presumiblemente, la de siempre. Un tramite de información publica, reuniones con grupos de presión y asociaciones representativas y cocina, mucha cocina para el cliente interno (partidos políticos).

Ha desaparecido del proyecto toda idea de supresión o refundición de municipios, que permitiría confiar el gobierno local a municipios con una dimensión viable para la prestación de los servicios públicos obligatorios. Se refuerza el papel de la decimonónica provincia, través de la institución menos democrática, la Diputación Provincial, protagonista destacada de la corrupción política que nos azota. La supresión de mancomunidades y entidades menores, depende de un tramite burocrático de presentación de cuentas y de una evaluación de eficiencia como nunca hemos conocido en este país.

Si así están las cosas, de Cora, mejor no hablamos (en realidad, tampoco se oye nada nuevo). Mantengamos la calma. Todo esto, traslada a un futuro lejano, pero previsiblemente más feliz, la solucion de los problemas. Y pensar en un futuro mejor tiene un efecto sedante natural , que no precisa receta ni euro sanitario. Al menos eso parecen pensar nuestros gobernantes.

Esperando la reforma de la Administración Local


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Antonio Ansón. Licencia CC

@Antonio_Anson

Parece que se acerca imparable la aprobación por el Consejo de Ministros del anteproyecto de Ley para la racionalización y sostenibilidad de la Administración Local. Posiblemente el 25 de enero próximo, si es que la incorporación de un decálogo de medidas aprobadas en el en el marco de la XX Intermunicipal del PP no lo retrasa.

No he llegado a ver el decálogo, pero se conoce el informe del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas sobre el anteproyecto, donde se pueden encontrar algunas de las principales medidas.

  • Se clarifican las competencias municipales para evitar duplicidades y eliminar las «competencias impropias».
  • Se suprimen las 3.725 entidades locales menores existentes, como pedanías o parroquias, que pasan a ser absorbidas por los Ayuntamientos de los que dependan. Por el contrario, no se suprime ningún municipio.
  • Se eliminarán las mancomunidades cuya sostenibilidad financiera no esté asegurada y sus competencias pasarán a ser ejercidas por las Diputaciones provinciales.
  • Se potencia el papel las Diputaciones Provinciales, Consejos Insulares o Cabildos y Comarcas, para la gestión de servicios obligatorios mínimos en municipios inferiores a veinte mil habitantes
  • Se fortalece la figura del interventor municipal, que dependerá funcionalmente de la Administración General del Estado, para dotarle de mayor independencia y objetividad, así como garantizar la legalidad y el control financiero y presupuestario.
  • Ningún alcalde ni presidente de Diputación podrá cobrar más que un ministro (68.981,88 euros) ni las retribuciones de la Corporación Municipal podrán suponer más del 0,6 por 100 del total de gastos del Presupuesto municipal.

Además, a través de un segundo Anteproyecto de Ley, se modifica también la Ley Orgánica del Régimen Electoral General con objeto de reducir en un tercio el número de concejales existentes, que pasan de los 68.578 actuales a 47.240. Ello significa que en las próximas elecciones municipales se elegirán a 21.338 concejales menos, lo que supone un 31,1 por 100 de reducción.

Igualmente, se establece un límite máximo de 35 concejales en los municipios más grandes.

Para quien tenga más interés, el Consejo General de los Colegios Profesionales de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración local nos ofrece un enlace al anteproyecto (versión de 22 de diciembre de 2012) desde el blog nosoloaytos.

Un paso adelante en la reforma de las Administraciones Públicas a seguir con atención. Sorprende que no llegue a plantearse la supresión de municipios, porque no deja de impresionar el dato de que en España tenemos más de 6.800 municipios con menos de 5.000 habitantes, y, de ellos, casi 6.000 no llegan a los 1.000 vecinos. El Consejo de Europa llegó a determinar en 10.400 el umbral de vecinos por ayuntamiento para que existan unas finanzas locales saneadas.

Termino ofreciendo algunos comentarios de interés sobre la reforma municipal, que he leído últimamente, aquí y aquí.

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ACTUALIZACIÓN:

Pues parece que no, que la reforma no se tratará en el próximo Consejo de Ministros del día 25 de enero. Así se ha hecho eco el blog Responsables Personal Ayuntamientos de una noticia de EFE, según la cual fuentes del PP habrían manifestado que la reforma será vista más adelante, sin concretar fecha.